
Por la redacción de Ecomovilidad · Importes comprobados en el BOE, la DGT y las ordenanzas municipales
Desde el 1 de octubre de 2026 el patinete eléctrico tiene más obligaciones, y con ellas más multas. Aquí tienes cuánto se paga por cada infracción según la ley estatal, qué ciudades ponen importes propios y qué cifras de las que circulan no tienen ninguna norma detrás.
Lo esencial en un minuto
- 200 euros por ir sin casco, sin reflectante de noche, sin luces, con auriculares, con el móvil en la mano o por una vía prohibida.
- Alcohol y drogas, igual que en coche: 500 o 1.000 euros, con la misma tasa de 0,25 mg/l.
- Sin seguro: entre 200,33 y 1.001,67 euros, según la ley.
- La acera está prohibida en toda España, pero el importe lo fija hoy cada ciudad: 500 euros en Barcelona, 100 en Málaga, 90 en Palma.
- Sin multa oficial: no inscribirlo o no llevar la etiqueta. Las cifras de 800 euros que circulan no tienen base.
Las multas estatales, una por una
Son las de la ley de tráfico y las que comunica la DGT. Valen en toda España, en ciudad y fuera de ella.
| Infracción | Multa | Gravedad | Desde | Base |
|---|---|---|---|---|
Sin casco, o sin abrochar | 200 € | Grave | 1 de octubre de 2026 | |
De noche sin elemento reflectante o luminoso | 200 € | Grave | 1 de octubre de 2026 | |
De noche sin luces | 200 € | Grave | Ya era así | |
Con auriculares conectados | 200 € | Grave | Ya era así | |
Con el móvil en la mano | 200 € | Grave | Ya era así | |
Por autopista, autovía, vía interurbana, travesía o túnel urbano | 200 € | Grave | 1 de octubre de 2026 | |
Alcohol por encima de 0,25 mg/l en aire | 500 €; 1.000 € si duplicas la tasa o reincides en un año | Muy grave | Ya era así | |
Con drogas en el organismo, o negarse a las pruebas | 1.000 € | Muy grave | Ya era así | |
Llevar a otra persona | 100 € | Leve | Ya era así | |
Sin seguro obligatorio | De 200,33 a 1.001,67 € | Según la ley del seguro | 30 de enero de 2026 |
El seguro: el importe que más confunde
La Ley 5/2025 dice que no tener el seguro obligatorio del patinete se multa con un tercio de lo que se paga por no tener el seguro de un coche. Esa multa va de 601 a 3.005 euros, así que la del patinete queda entre 200,33 y 1.001,67 euros, según si circulabas, cuánto tiempo y si reincides (disposición adicional primera y art. 3.1.c de la ley del seguro).
La DGT, en cambio, ha comunicado otras cifras: de 202 a 610 euros por no tenerlo y de 250 a 800 euros por circular sin él (nota del 27 de enero de 2026). La diferencia puede deberse a que los patinetes de más de 25 kilos que pasan de 14 km/h cuentan como vehículo a motor, pero ningún documento oficial lo explica. Lo seguro es que el tope legal es de 1.001,67 euros para un patinete normal.
Lo que no tiene una multa oficial (todavía)
- Ir por la acera. Está prohibido en toda España, y con la norma anterior la DGT lo multaba con 200 euros. La reforma de octubre movió la prohibición a otro artículo y, a 4 de noviembre, no hemos encontrado ningún documento oficial con el importe nuevo. En la práctica, en ciudad te multará la policía local con la ordenanza: 500 euros en Barcelona, 100 en Málaga y 90 en Palma.
- No inscribirlo o no llevar la etiqueta. Es obligatorio desde el 30 de enero de 2026, pero ninguna norma fija una multa concreta. Las cifras de 200, 500 u 800 euros que circulan no tienen un documento oficial detrás.
- Conducir con menos de 15 años. La ley estatal no fija importe, y de la multa responden también los padres o tutores. Algunas ordenanzas sí lo multan: de 101 a 200 euros en Sevilla, y en Málaga (100 euros) y Barcelona (200 euros) para los menores de 16.
- Circular con un patinete sin certificado desde el 22 de enero de 2027. Ese día dejará de estar permitido, pero no hay una sanción específica publicada. Podría encajar en las infracciones de la ley de tráfico por circular con un vehículo que no cumple los requisitos, de 200 o 500 euros, aunque ningún documento oficial lo dice todavía.
Multas municipales: ciudad por ciudad
Dentro de la ciudad te puede denunciar la policía local con la ordenanza municipal. Estas son las que fijan importes propios para patinetes, comprobados en su texto oficial. Donde la ordenanza y la ley estatal ponen importes distintos para lo mismo, como el casco en Barcelona (100 euros en la ordenanza, 200 en la norma estatal), depende de con qué norma te denuncien.
| Ciudad | Importes de la ordenanza | Norma |
|---|---|---|
Acera o calle de 50: 500 €. Exceso de velocidad: hasta 500 €. Menor de 16: 200 €. Sin casco: 100 €. Llevar a otra persona: 100 €. | Folleto municipal y ordenanza de circulación, art. 71 ter | |
Málaga | Sin casco, auriculares o móvil: 200 € cada una. Alcohol o conducción temeraria: 500 €. Acera o zona peatonal: 100 €. Llevar a otra persona: 100 €. Menor de 16: 100 €. Aparcarlo donde no se puede: 100 €. | |
Sevilla | Patinete trucado: de 201 a 500 €. Sin casco abrochado, menor de 15 o patinete de más de 250 W en el carril bici: de 101 a 200 €. Aparcarlo en la acera o atado al mobiliario: de 50 a 100 €. La acera, por la norma estatal. | |
Palma | Sin el seguro de responsabilidad civil que pide la ordenanza: 600 €. Acera o zona peatonal: 90 €. Sin casco o sin chaleco: 90 €, y además pueden inmovilizarte el patinete. | |
Zaragoza | Lo que solo prohíbe la ordenanza: aviso o hasta 150 €. Acera, velocidad, auriculares y pasajero, por la norma estatal. | |
Madrid, València y Bilbao | Sus normas prohíben la acera y fijan edad y velocidades, pero no ponen importes propios: se aplican los de la ley de tráfico. |
Lo que se dice mal
- «No registrar el patinete cuesta 800 euros». No hay ninguna norma que fije esa cifra ni ninguna otra.
- «Ir sin seguro son 1.000 euros». Es el máximo legal, no la multa habitual: el tramo empieza en 200,33 euros.
- «Sin casco son 100 euros». Era el importe de algunas ordenanzas. Desde el 1 de octubre de 2026 la DGT lo multa con 200.
- «Habrá prórroga y no multarán a los no certificados». A 4 de noviembre no hay ninguna prórroga del 22 de enero de 2027.
Nuestra opinión
Opinión · Esta sección es la opinión de quien firma, no un dato comprobado. Los datos están en las tablas y en las fuentes.
Escribiendo esta tabla me ha sorprendido lo difícil que es contestar a la pregunta más sencilla: cuánto me cuesta ir por la acera. Depende de la ciudad, de quién te pare y de una norma estatal que, tras la reforma de octubre, todavía no tiene el importe publicado. Con el seguro pasa algo parecido: la ley da un tramo y la propia DGT comunica otro. No creo que nadie tenga mala intención, pero el resultado es que quien va en patinete no puede saber de antemano qué le espera.
Mi consejo práctico es fijarse en lo que sí está claro: casco abrochado, nada de auriculares ni móvil, luz y algo reflectante de noche, y fuera de la acera. Eso cubre casi todas las multas de 200 euros, que son las que de verdad se ponen, y además es lo que te protege.
— La redacción de Ecomovilidad
Para no llevarte ninguna
Todo lo que es obligatorio, desde cuándo y por qué calles puedes ir en cada ciudad lo tienes en nuestra guía de la normativa del patinete eléctrico. Si tu patinete es anterior a 2024, comprueba si podrá circular en 2027, y si vives en Barcelona, mira sus normas municipales.
Fuentes oficiales
- Ley de Tráfico (texto refundido, RDLeg 6/2015), arts. 76 y 77.
- Real Decreto 518/2026, reforma del Reglamento General de Circulación.
- Ley 5/2025 y ley del seguro, art. 3.1.c.
- Nota de Interior y la DGT del 23/06/2026 y nota de la DGT del 27/01/2026.
- Instrucción de la DGT sobre VMP y otros vehículos ligeros.
- Ordenanzas municipales: enlazadas en la tabla de ciudades.