Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) constituyen una medida clave para reducir la polución urbana. Al limitar el acceso de vehículos contaminantes, se busca mejorar la calidad del aire y fomentar una movilidad más verde. Te explicamos cómo funcionarán y cómo afectarán a la circulación urbana.
Dos Hermanas tiene su ZBE en vigor. Te explicamos los progresos, las zonas afectadas y las fechas de inicio.
Actualizado en agosto de 2026: la ZBE de Dos Hermanas NO es el centro de la ciudad, es el Parque Tecnológico de Entrenúcleos. La ordenanza está publicada íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla n.º 58, de 22 de marzo de 2024. La zona es el recinto del Parque Tecnológico Empresarial de Entrenúcleos, 39,27 hectáreas dentro del Bulevar Felipe González Márquez, la avenida Plácido Fernández Viagas, la calle del Polígono Sen 1 y la avenida José Pérez Martí, vías que quedan fuera de la zona. Fuera de ese recinto no hay ninguna restricción, y el Ayuntamiento tampoco ha creado ninguna Zona de Especial Sensibilidad. Dentro, la ordenanza prohíbe circular y estacionar a los coches sin etiqueta y a los de etiqueta B, desde las 07:30 del lunes hasta las 20:00 del viernes. Con etiqueta C, ECO o CERO se entra sin trámite, igual que en bicicleta o patinete. No consta la fecha de inicio de las multas: la disposición transitoria prevé un periodo de adaptación de seis meses tras la implantación total, cuya fecha debe publicitarse antes, y no se ha localizado la resolución que lo fije.
La Zona de Bajas Emisiones de Dos Hermanas no es el centro de la ciudad, sino el Parque Tecnológico Empresarial de Entrenúcleos: 39,27 hectáreas. Fuera de ese recinto no hay restricción, y dentro la ordenanza solo cierra el paso a los coches sin etiqueta y a los de etiqueta B. Tampoco consta que se multe: la norma está en vigor, pero falta el documento que fije desde cuándo se sanciona.
Dónde está la zona y qué calles quedan fuera
La ordenanza la llama «ZBE Dos Hermanas-Parque Tecnológico» y la delimita en el Anexo I, con 2.662 metros de perímetro. Las cuatro vías que la rodean quedan fuera. Tampoco hay Zonas de Especial Sensibilidad: «no se prevén en la actualidad».
- Bulevar Felipe González Márquez
- Avenida Plácido Fernández Viagas
- Calle Polígono Sen 1 Entrenúcleos
- Avenida José Pérez Martí
No consta que se multe, aunque la norma esté en vigor
La norma rige desde 2024, pero el régimen sancionador arranca condicionado: la Disposición transitoria única concede «un periodo de adaptación de seis meses tras la total implementación», y el Anexo III lo repite.
Ese plazo empieza cuando se declara implantada del todo la zona, y la ordenanza se obliga a anunciar antes la fecha exacta. No se ha localizado ese anuncio, ni en el boletín provincial ni en la sede municipal, ni decreto de Alcaldía que declare la implantación total. Quien reciba hoy una multa debería pedir ese documento.
Qué coches prohíbe la ordenanza
- Entran sin trámite los distintivos CERO, ECO y C, más ciclos, bicicletas y patinetes, según el Anexo II. El artículo 9.4 de la ordenanza exige a todos la ITV en vigor.
- La ordenanza prohíbe acceder, circular y estacionar a los vehículos sin distintivo ambiental, la etiqueta A de la DGT, y a los de etiqueta B. Solo entran con autorización municipal registral.
Qué días y a qué horas
La ordenanza fija una restricción continua todo el año, de 07:30 del lunes a 20:00 del viernes. Quedan fuera los festivos municipales, de 20:00 del día anterior a 07:30 del siguiente laborable, salvo tres días seguidos con niveles altos de contaminación.
El Anexo I añade que los coches B y sin etiqueta pueden estacionar sin autorización de 20:00 del viernes a 08:00 del lunes, salvo esos tres días de alta contaminación, y que los de carga y descarga tienen franja propia, de 05:00 a 08:00 de lunes a viernes no festivos.
Las exenciones, con su plazo
- Seis meses de moratoria para todos los afectados, A y B, desde la implantación total. Como no consta declarada, el plazo ni siquiera ha empezado.
- Diez años, prorrogables cinco más y nunca más allá de 2029, para vehículos M1 y L de la actividad profesional de personas con ingresos bajos.
- Autorización registral de acceso continuo, con renovación bianual, para los vehículos de personas con tarjeta PMR. Registrales también las de servicios, históricos, administraciones, policía, bomberos, transporte público o taxis, entre otras.
- Hasta 30 autorizaciones al año, de un día o por periodos concretos, para entradas esporádicas a talleres, hospitales u hoteles y para el reparto de mercancías.
No hay exención por empadronamiento: a los residentes cuyos coches no puedan entrar, el artículo 11 de la ordenanza solo les da un régimen especial de estacionamiento.
Cuánto sería la multa
El artículo 17.2 de la ordenanza fija 200 euros. El 17.3 añade un 30 por ciento si hay reincidencia declarada por resolución firme dentro del año. El 16.1 la remite al artículo 76.z3 de la Ley sobre Tráfico, infracción grave. No consta que la ordenanza regule pronto pago propio, así que rige el general de esa ley: 100 euros en 20 días naturales. No resta puntos del carné.
Fechas y boletines
El Pleno la aprobó inicialmente el 26 de enero de 2024, con anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 31 de enero. Sin alegaciones en treinta días quedó aprobada de forma definitiva, y el texto íntegro salió en ese mismo boletín provincial, en el número 58, de 22 de marzo de 2024. La entrada en vigor no tiene día publicado: la Disposición final segunda la ata a una comunicación al Estado y a la Junta que tampoco consta. Se sitúa en abril de 2024. El calendario del Anexo I nació caducado y no sirve de referencia.