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Mapa de las ZBE en Mollet del Vallés


En el camino hacia la sostenibilidad, las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) tienen un papel fundamental al limitar la circulación de vehículos contaminantes. Estas zonas tienen como objetivo minimizar la huella de carbono y mejorar la calidad del aire en las ciudades. Aquí te contamos cómo se llevarán a cabo y qué ventajas traerán.

Mollet del Vallés tiene su ZBE en vigor, con ordenanza aprobada el 02/05/2024. Aquí tienes las fechas, las restricciones y la zona afectada.

Actualizado en agosto de 2026: la ZBE de Mollet está en vigor, pero no consta que el Ayuntamiento esté multando. La zona ocupa el interior del área delimitada por la avenida Jaume I, la calle Roger de Llúria, la Rambla Pompeu Fabra y la calle Berenguer III, y esas cuatro vías quedan fuera. Dentro no pueden entrar, circular ni aparcar los vehículos sin etiqueta ambiental de la DGT, de lunes a viernes laborables de 7:00 a 20:00. Con etiqueta B, C, ECO o 0 se entra sin ningún trámite. La ordenanza previó las multas por escalones, el 1 de mayo de 2025 para turismos y motos y el 1 de mayo de 2026 para el resto, pero el Ayuntamiento las aplazó y explicó que no puede empezar a sancionar hasta que esté disponible la plataforma informática de vehículos autorizados y exentos. No hemos encontrado ningún decreto ni acuerdo municipal posterior que ponga en marcha las denuncias.

La Zona de Bajas Emisiones de Mollet del Vallès está en vigor: de lunes a viernes laborables, de 7:00 a 20:00, no pueden entrar, circular ni aparcar los vehículos sin ninguna etiqueta ambiental de la DGT. Con la B, la C, la ECO o la 0 se pasa sin ningún trámite. Las multas son otra cosa: no consta que el Ayuntamiento sancione.

Hoy no consta que en Mollet se multe

La ordenanza preveía sancionar desde el 1 de mayo de 2025, primero a turismos y motos, pero el Ayuntamiento lo aplazó hasta disponer de la plataforma informática que comparte entre municipios los datos de vehículos autorizados y exentos.

La última constancia pública es de 2025, y desde entonces no se ha localizado decreto ni acuerdo que ponga en marcha las denuncias. Por eso aquí se lee que no consta y no que no se multe: no haberlo encontrado no prueba que no exista. De esa misma información de 2025 son las tres cámaras instaladas y en funcionamiento en los accesos de las calles del Sol, Ramon Casas y Anselm Clavé.

Si las multas llegan a aplicarse, la sanción es de 200 euros, 100 con pronto pago, y no resta puntos del carné. La fija el artículo 17.3 de la ordenanza, que remite a las infracciones graves de la ley de tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015). El artículo 17.4 de la ordenanza permite además al Ayuntamiento incrementarla un 30 por ciento en los supuestos del artículo 81 de esa ley estatal, y prevé incrementarla también en episodio de contaminación declarado. Son incrementos potestativos, no automáticos.

Qué coches no pueden entrar, dónde y a qué horas

Sin etiqueta quedan fuera las categorías L (motos y ciclomotores), M (turismos, autobuses y autocares) y N (furgonetas y camiones), según el artículo 7.2 y el anexo 2 de la ordenanza. La zona son las calles del interior del área delimitada por la avenida Jaume I, la calle Roger de Llúria, la Rambla Pompeu Fabra y la calle Berenguer III, cuatro vías que quedan fuera de ella (anexo 1). Los sábados, domingos y festivos, y fuera del horario de 7:00 a 20:00, no hay restricción (artículo 7.3). El artículo 8 permite además limitar la circulación dentro de la ZBE cuando la Generalitat declara un episodio de contaminación por NO2.

Desde cuándo permite multar la ordenanza

La disposición transitoria primera escalona desde cuándo pueden aplicarse las sanciones, no desde cuándo rige la prohibición. Es el calendario que el Ayuntamiento aplazó, así que ningún peldaño significa que hoy se multe.

  • Hasta el 30 de abril de 2025, solo en episodios de contaminación por NO2, y dejando fuera además a furgonetas, camiones, autobuses y autocares (N1, N2, N3, M2 y M3).
  • Desde el 1 de mayo de 2025, para todas las categorías salvo esos mismos vehículos pesados.
  • Desde el 1 de mayo de 2026, para todas las categorías y en toda la zona. Es el escalón vigente sobre el papel.

Cómo entrar sin etiqueta: exenciones y autorizaciones

Salvo las exenciones directas, todo pasa por inscribir el vehículo en el Registro de vehículos autorizados, como máximo 24 horas después de entrar (artículo 12.2 de la ordenanza). Con urgencia médica acreditada, tres días.

  • Exentos (artículo 11): movilidad reducida, emergencias y servicios esenciales, traslado de enfermos y matrículas extranjeras equivalentes.
  • Autorización diaria para entradas sueltas, hasta 24 días al año, que no se da en episodio de contaminación por NO2.
  • Empadronados en la ZBE con el vehículo censado en ella, quien tenga allí plaza de aparcamiento y quien viva pegado al perímetro y necesite llegar a su vado.
  • Unidades familiares que ingresen menos de dos veces el IPREM, con baremo según el número de miembros.
  • Profesionales con vehículo M2, M3, N1, N2 o N3 necesario para su actividad a los que falten cinco años o menos de cotización para llegar a la edad legal de jubilación.
  • Compra acreditada de un vehículo nuevo que sí cumple, los vehículos singulares del anexo 4 (autoescuelas, grúas, cisternas, hormigoneras, tiendas o talleres móviles, entre otros) y, aparte de ese anexo, los paradistas del mercado de los martes (artículo 12).

Qué no hemos podido verificar

La ordenanza entra en vigor quince días hábiles después de publicarse en el Butlletí Oficial de la Província de Barcelona (disposición final segunda), y no hemos localizado ese anuncio: no damos fecha exacta de entrada en vigor. Tampoco se ha localizado documento que active las denuncias, así que no consta fecha de inicio de las multas.

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